POR EL CUAL SE RECTIFICA EL ARTICULO 1° DEL DECRETO N° 3217 DEL 7 DE ENERO DE 2025.
VISTO:
La Nota N° 23 del 19 de noviembre de 2025, elevada por el Vicesargento Primero Ruben Dario Formigli Nunez, a traves del conducto jerarquico correspondiente, ante el Ministerio de Defensa Nacional (Expediente N° 291/2026); y
CONSIDERANDO:
Que a traves de la misma solicita la rectificacion del artfculo 1° del Decreto N° 3217 del 7 de enero de 2025, donde dice: “30. Aspirante Ruben Dario Nunez Formigli”, debe decir: “30. Aspirante Ruben Dario Formigli Nunez”.
Que la S.D. N° 388 del 14 de octubre de 2024, del Juzgado de Primera Instancia, de la Unidad Penal N° 2, Civil, Comercial y Laboral, de la Fiscalía de J. A. Saldivar, en el juicio: “Ruben Nunez s/ Inversion de Apellido”, resolvió: “[..•] invertir el orden de los apellidos del accionante, quedando en primer lugar “Formigli” y en segundo lugar “Nunez” [...]”.
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa Nacional se expidió favorablemente en los términos del Dictamen N° 75 del 10 de febrero de 2026.
FOR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1°.- Rectificase el articulo 1° del Decreto N° 3217 del 7 de enero de 2025, que debe decir: “[...] 30. Aspirante Ruben Dario Formigli Nunez”.
Art. 2°.- Refrendese por el Ministro de Defensa Nacional.
Art. 3°.- Comuniquese, publiquese e insertese en el Registro Oficial.