POR EL CUAL SE CONCEDE EL RETIRO TEMPORAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN AL SUBOFICIAL PRINCIPAL SANIDAD ARNALDO DE JESÚS ARGUELLO.
VISTO:
La nota N° 3 de fecha 25 de febrero de 2026, elevada por el Suboficial Principal Sanidad Arnaldo de Jesús Argüello a través del conducto jerárquico correspondiente ante el Ministerio de Defensa Nacional (Expediente N° 2112/2026); y
CONSIDERANDO:
Que el recurrente, mediante la nota referida, solicita su retiro temporal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Que la Ley N° 1115/1997, "Del Estatuto del Personal Militar", en su artículo 133, inciso a), dispone que el retiro temporal es la situación del militar que pasa a inactividad, manteniendo sus aptitudes para el servicio. Asimismo, el artículo 134 de la Ley N° 1115/1997, modificado por el artículo 1°, inciso a), de la Ley N° 1433/1999, establece que el pase a retiro del personal militar podrá concederse a pedido y que el mismo será acordado por decreto del Poder Ejecutivo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa Nacional, conforme con el Dictamen N° 293 de fecha 7 de mayo de 2026, recomendó conceder el Retiro Temporal del Suboficial Principal Sanidad Arnaldo de Jesús Argüello, con base en los artículos 47 y 133, inciso a), de la Ley N° 1115/1997, en concordancia con el artículo 1°, inciso a), de la Ley N° 1433/1999.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1°.- Concédese el retiro temporal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas de la Nación al Suboficial Principal Sanidad Arnaldo de Jesús Argüello, con cédula de identidad civil número 2.450.226, a su pedido, de conformidad con lo expresado en el considerando del presente decreto.
Art. 2°.- Refréndese por el Ministro de Defensa Nacional.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.