DECRETO N°. 5880-2026

POR EL CUAL SE CONCEDE EL RETIRO TEMPORAL DEL CUADRO PERMANENTE DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN AL SUBOFICIAL PRINCIPAL ARTILLERIA ARNALDO ORTIZ MIRANDA.

VISTO:
La nota de fecha 4 de febrero de 2026, elevada por el Suboficial Principal Artilleria Arnaldo Ortiz Miranda a través del conducto jerárquico correspondiente al Ministerio de Defensa Nacional (Expediente N° 1479/2026); y

CONSIDERANDO:
Que mediante la referida nota, el recurrente solicita su retiro temporal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas de la Nación.

Que la Ley N° 1115/1997, "Del Estatuto del Personal Militar", en su articulo 133, inciso a), dispone que el retiro temporal es la situación del militar que pasa a inactividad, manteniendo sus aptitudes para el servicio. Asimismo, el articulo 134 de la Ley N° 1115/1997, modificado por el articulo 1°, inciso a), de la Ley N° 1433/1999, establece que el pase a retiro del personal militar podrá concederse a pedido y sera acordado por decreto del Poder Ejecutivo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa Nacional, conforme con el Dictamen N° 172 del 18 de marzo de 2026, recomendó conceder el retiro temporal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas de la Nacion al Suboficial Principal Artilleria Arnaldo Ortiz Miranda, con base en los articulos 47 y 133, inciso a), de la Ley N° 1115/1997, en concordancia con el articulo 1°, inciso a), de la Ley N° 1433/1999.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:

Art. 1°.- Concédese el retiro temporal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas de la Nación al Suboficial Principal Artilleria Arnaldo Ortiz Miranda, con cédula de identidad civil numero 2.435.282, a su pedido, de conformidad con lo expresado en el considerando del presente decreto.

Art. 2°.- Refréndese por el Ministro de Defensa Nacional.

Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.




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